sábado, 21 de enero de 2017

Procuraduría de Sonora pide juzgar con perspectiva de género

ESTADOS
VIOLENCIA
   Sobreviviente de violencia actúa en legítima defensa

Por: Silvia Núñez Esquer, corresponsal
Cimacnoticias | Hermosillo, Son.- 19/01/2017

El caso de Daniela M, víctima de violencia que repelió el ataque de su agresor, podría sentar precedentes jurídicos para casos similares, toda vez que se demostró que la víctima actuó en legítima defensa, explicó en entrevista con Cimacnoticias, el procurador general de justicia de Sonora, Rodolfo Montes de Oca.

El funcionario dijo que en este caso, la Procuraduría a su cargo aplicó la perspectiva de género al analizar los antecedentes de que Daniela N era víctima de violencia por parte de su pareja, por lo que la dependencia resolvió el no ejercicio de la acción penal, y ante la impugnación de familiares del agresor que falleció, un juez de control resolvió en el mismo sentido.

El funcionario estatal confirmó que tiene instrucciones precisas de la gobernadora del estado Claudia Pavlovich Arellano, de que en la operación de justicia sea aplicado el marco jurídico de protección a los derechos de las mujeres y que los casos se investiguen y resuelvan tomando en cuenta la perspectiva de género.

Entre las normas que se tomaron en cuenta para la resolución de este caso mencionó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (general y estatal); Ley de prevención y atención de la violencia intrafamiliar; y disposiciones en el Código Penal como lo es la tipificación del delito de violencia intrafamiliar.

El funcionario recordó que Daniela N ya había sido agredida con anterioridad y había avisado a la autoridad y que en esa agresión la autoridad municipal intervino y pese a que le dijeron que presentara una denuncia, ella se negó por temor.

En la segunda ocasión, ella es golpeada pero repele la agresión, “por lo que es ahí donde se aplica el código penal como una legítima defensa porque es una agresión inminente, presente, que ella tiene derecho a repeler”, dijo el procurador. Agregó que no había equivalencia entre los medios que ella estaba utilizando con respecto de los utilizados por quien la estaba agrediendo.

“Difícilmente con sus propias manos podría haber repelido la agresión, necesitaba una herramienta que la llevara a un equilibrio, y esa fue el cuchillo que tomó no con la intención de privarlo de la vida, sino de defenderse”, explicó.

Detalló que pese a que Daniela N lo lesionó, se quedó a auxiliarlo y esperó a que llegaran las autoridades.

“Se toma en cuenta la diferencia de fuerzas entre las partes intervinientes, que ya había sido agredida antes por su cónyuge, había sido sobajada moralmente por su pareja y que en ese momento no fue auxiliada por ninguna persona, a pesar de que se encontraba alguien ahí presente”.

Señaló que la Procuraduría consideró que se conjuntó la legítima defensa y determinó que se estaba actualizando una excluyente de delito prevista por el artículo 13 del código penal.

Montes de Oca dijo que en la resolución de la Procuraduría en el caso Daniela, invocaron un criterio jurisprudencial que habla de lo que es la perspectiva de género y cómo debe aplicarse por parte de las y los procuradores e impartidores de justicia.

El rubro de la tesis dice que en el caso de víctimas vinculadas a su agresor por relaciones filiales o de pareja que inciden en la comisión del delito, la valoración de las pruebas debe abarcar, según el caso, la perspectiva de género o de protección eficaz o de sectores vulnerables, indicó.

“Para nosotros la víctima es la persona que se defendió. Tenemos que tomar en cuenta todo su contexto y la situación de vulnerabilidad. Es un criterio, es un precedente, que debe servir de ejemplo a los Ministerios Públicos; y para el poder judicial también es un criterio pues al haber resuelto en el mismo sentido, los jueces de control tendrán que tomarlo en cuenta para otras resoluciones”, precisó.

Finalmente señaló que espera que el poder judicial federal -a donde muy probablemente llegue el caso-coincida con ese criterio.

“Si las tres instancias coinciden, será un criterio ejemplificativo no sólo para que nosotros lo apliquemos, sino para que los hombres sepan que no es fácil y que no será impune el que ellos agredan a las mujeres, que si las mujeres se defienden y responden, no van a poder ellos jugar el papel de víctimas”, concluyó.

17/SNE/LGL


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