viernes, 28 de junio de 2013

Aprueban en pleno Ley estatal 5 de junio en Sonora


Sonora primera entidad con  Ley de cuidado y desarrollo infantil

Silvia Núñez Esquer

Hermosillo, Sonora, 27 de junio de 2013.- Como un gran logro del Movimiento ciudadano por la justicia 5 de junio, calificó José García Quintana, presidente de la asociación civil de mismo nombre. La que constituye la primera legislación estatal que modifica el paradigma del cuidado infantil en México, aterrizado en una entidad federativa, en este caso Sonora, fue aprobada este día en el pleno de la LX legislatura.

Desde el 24 de octubre de 2012, las comisiones unidas de Desarrollo Social y Asistencia Pública, y de Salud habían intentado dictaminar la iniciativa de Ley referente a las estancias infantiles, pero los integrantes del Movimiento 5 de junio lograron parar el avance de lo que consideraban una aberración, pues incluso el nombre se refería al término “guardería”, mismo que se pretendía eliminar.

Patricia Duarte Franco, madre de Andrés Alonso García Duarte, niño fallecido en el incendio de la guardería ABC, de esta ciudad, acaecido el 5 de junio de 2009, opinó que aproximadamente ochenta por ciento del contenido de la Ley estatal 5 de junio es acorde a las propuestas del movimiento ciudadano que pretende dar un giro de 360 grados a lo que se conocía anteriormente como estancias infantiles. 

Con la nueva normatividad se modifica radicalmente el concepto de cuidado infantil, se establecen responsabilidades claras para los prestadores de servicios, se introduce el sistema y la política estatal hacia estos centros,  la obligatoriedad de contar con un Registro estatal de los centros, y se crean sanciones específicas por incumplimiento de obligaciones, cambios considerados como importantes logros de la sociedad civil.

Con la Ley “5 de junio”, que regula la prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en el Estado de Sonora, la entidad se convierte en la primera del país que armoniza su legislación con la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, aprobada el 24 de octubre de 2011.

La nueva legislación sobre atención, cuidado y desarrollo integral infantil servirá de ejemplo para los estados que deben crear leyes similares, cumpliendo el mandato de la Ley general, conocida como “5 de junio”, ya que Sonora fue donde ocurrió la tragedia que dio pie a buscar la garantía de no repetición. 

Además de eliminar la noción de guarderías, sustituyéndola por centros de desarrollo integral infantil, define a éstos como el establecimiento público, privado o mixto, donde se presten servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, en un marco de ejercicio pleno de los derechos de niñas y niños desde los cuarenta y tres días de nacidos.

Otra aportación de la Ley 5 de junio es la creación del Consejo Estatal de los Centros de Desarrollo Integral Infantil, mismo que será el encargado de instrumentar la política estatal de los centros de desarrollo integral infantil para el Estado de Sonora.

El consejo estará compuesto por diversas dependencias y organismos gubernamentales relacionados al cuidado infantil, y con representación de los sectores empresarial y social. Así mismo el Movimiento ciudadano por la justicia 5 de junio formará parte del Consejo estatal con voz y voto.

Serán sus titulares quienes tengan la representación ante el consejo, siendo la Secretaría de Salud quien lo presidirá. Formarán parte también la Secretaría de gobierno, la Secretaría de desarrollo social, Secretaría de educación y cultura, la Secretaría del trabajo, el DIF Sonora, El ISSSTESON, la Comisión estatal para el desarrollo de los pueblos  y comunidades indígenas de Sonora, la Procuraduría de la defensa del menor y la familia, la Unidad estatal de protección civil, la Comisión estatal de los derechos humanos, un representante del Movimiento ciudadano por la justicia 5 de junio, y un representante de las Comisiones de Hacienda del congreso del Estado de Sonora. 

Según el texto de la Ley “5 de junio”  serán invitados permanentes a las sesiones del consejo estatal un representante del Instituto Sonorense de la Mujer, un representante de la delegación estatal del IMSS, un representantes de la delegación estatal del ISSSTE, un representante de la delegación estatal de la SEDESOL, y un representante de la Asociación Nacional de Guarderías, quienes tendrán derecho a voz.
Nuevos conceptos

La Ley estatal “5 de junio”, define el desarrollo integral infantil como el derecho que tienen niñas y niños a formarse física, mental, emocional y socialmente en condiciones de igualdad.

Durante meses integrantes del Movimiento 5 de junio celebraron reuniones de trabajo con ambas comisiones legislativas, y elaboraron propuestas y observaciones en coordinación con académicas y otras personas solidarias al movimiento, que emitieron su opinión.

Una importante precisión que preocupaba al Movimiento 5 de junio, promotor de la Ley General de Servicios de Atención, Cuidado, y Desarrollo Integral Infantil, de la cual deriva la ley estatal, es que la rectoría de los servicios de los centros corresponda en forma indeclinable al Estado y a los Ayuntamientos, mismos que tendrán una responsabilidad en la autorización, funcionamiento, monitoreo, supervisión y evaluación de dichos servicios, en sus respectivos ámbitos de competencia.

El enfoque transformador promovido por el Movimiento 5 de junio es desde los derechos humanos de las niñas y niños. Los principios que rigen la Ley “5 de junio” son: el Desarrollo de niñas y niños en todos los aspectos de su vida, ya sean físicos, emocionales, psicológicos, cognitivos, sociales, educativos o culturales; Desarrollo libre de discriminación e igualdad de derechos; El interés superior de la niñez; la participación de niñas y niños en todos los asuntos que les atañen; y la Equidad de género.

A partir de hoy todos los prestadores de servicios gubernamentales, privados, y mixtos, están obligados a adecuar sus instalaciones, mobiliario, planificación de actividades, plan de protección civil, entre otros aspectos, para lo cual tienen un plazo de un año. Por su parte, el consejo estatal deberá estar instalado a más tardar en 180 días a partir de la publicación de la Ley “5 de junio”.

No hay comentarios: